
El vínculo entre el RUC y la UAFE en Ecuador.
El SRI emitió la resolución NAC-DGERCGC25-00000018, publicada en agosto de 2025, que introduce cambios importantes en la administración del RUC (Registro Único de Contribuyentes) y su relación con la UAFE (Unidad de Análisis Financiero y Económico). Estas disposiciones buscan fortalecer la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo en el país.
1. Inclusión de información UAFE en el RUC
Desde esta resolución, el certificado de RUC incluirá un nuevo campo: si el contribuyente es o no sujeto obligado a reportar ante la UAFE.
Esto aumenta la transparencia y permite al SRI y a terceros identificar rápidamente si un contribuyente debe cumplir con regulaciones adicionales de control financiero.
2. Suspensión de oficio del RUC
Un cambio clave es que el SRI ahora puede suspender de oficio el RUC de los contribuyentes que:
- Estén obligados a registrarse en la UAFE, y
- No obtengan su código de registro en un plazo máximo de 30 días hábiles tras abrir o actualizar su RUC.
Esto significa que, si un contribuyente no cumple con esta obligación, quedará imposibilitado de facturar o declarar impuestos hasta regularizar su situación.
3. Certificado de cumplimiento de obligaciones
La resolución también dispone que los contribuyentes deberán presentar ante el SRI un Certificado de Cumplimiento de Obligaciones, emitido por la UAFE, para acreditar que:
- Se registraron correctamente en el sistema de la UAFE.
- Están al día en sus obligaciones de prevención de lavado de activos.
4. Impacto para los negocios en Ecuador
Estas disposiciones implican que las empresas y personas naturales con actividades sensibles deberán ser mucho más cuidadosas en:
- Mantener su registro actualizado en la UAFE.
- Evitar que su RUC sea suspendido automáticamente.
- Contar siempre con el certificado de cumplimiento para trámites tributarios.
Por ejemplo. Una inmobiliaria abre su RUC el 1 de septiembre de 2025 y no gestiona su registro en la UAFE. Si al 15 de octubre sigue sin registrarse, el SRI podrá suspender su RUC y, por tanto, no podrá emitir facturas electrónicas ni presentar declaraciones hasta regularizarse.
Esta resolución refuerza la coordinación entre el SRI y la UAFE Ahora, estar registrado y cumplir con la UAFE es un requisito indispensable para mantener el RUC activo y operar con normalidad.
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